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Reglamento interno

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO
 
CONDICIONES DE ADMISIÓN
 
1. Disposiciones generales. 
 
Las personas que accedan a este establecimiento hotelero estarán obligadas a cumplir el presente Reglamento, en lo que no contravenga la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo, el Decreto Ley 13/2020, de 18 de mayo, de establecimientos hoteleros, y demás Normas y Preceptos de aplicación. 
 
2.  Acceso, admisión y permanencia en el establecimiento. 
 
Este establecimiento hotelero es de uso público y de acceso libre para clientes alojados en Fuengirola Beach, sin más restricciones que las derivadas de las disposiciones legales y de este reglamento.
La admisión y permanencia de personas en este establecimiento sólo se denegará por las causas siguientes:
 
Por falta de capacidad de alojamiento o de instalaciones.
Por incumplirse los requisitos de admisión establecidos en este reglamento. 
Por adoptarse conductas que puedan producir peligro o molestias a otras personas o usuarios, o por dificultar el normal desarrollo de la actividad. 
Todas las zonas comunes del Hotel son de uso exclusivo para clientes alojados en Fuengirola Beach, no permitiéndose el uso de ninguna zona por personas no alojadas en éste establecimiento. 
 
Cuando concurran las circunstancias señaladas o por las personas se incurra en una o varias de las restricciones antes enumeradas, el personal responsable del establecimiento podrá requerir de las mismas que lo abandonen, previo pago, en su caso, de las cuentas que tuvieren pendientes por prestación de servicios y consumos. Si fuese necesario se pedirá auxilio a las fuerzas de seguridad según el artículo 36 de la Ley de Turismo, y el artículo 25 del Decreto Ley de ordenación hotelera. 
 
Se hace constar expresamente que no se denegará o restringirá el acceso libre a las instalaciones, servicios y alojamientos de este establecimiento hotelero, a las personas que lo deseen por razones de sexo, discapacidad (con o sin perro guía), religión, orientación sexual, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social. 
 
3.  Documento de admisión y parte de entrada. 
 
La persona o personas que deseen hacer uso de las unidades de alojamiento, de las instalaciones comunes y en su caso, de los servicios complementarios que se detallan en este reglamento, deberán presentar su/s documentos de identificación al objeto de su admisión y posterior registro en el parte de entrada de viajeros. 
Este establecimiento, una vez registrada la persona o personas mayor/es de 16 años, formulará un documento individual de admisión en el que se podrán observar las normas contenidas en este reglamento y donde constará el nombre, número de la unidad de alojamiento asignada, fecha de llegada y salida y tipología de precio. De manera voluntaria podrán proporcionar su número de teléfono y dirección de correo electrónico con el fin único de la gestión de clientes y/o prospección comercial.   
 
Este documento irá a su vez acompañado del parte de entrada de viajeros requerido por la orden ministerial INT/321/2021 de 31 de marzo y donde constará el número de parte, el número de la unidad de alojamiento asignada, los datos de este establecimiento (NIF, nombre, municipio y provincia) y los datos de la persona registrada (NIE, tipo de documento, fecha de expedición, nombre y apellidos, sexo, fecha de nacimiento, nacionalidad y fecha de entrada)
Dicho documento deberá ser firmado de manera inexcusable por el interesado (de forma manual o mediante soporte digital) para formalizar su admisión y registro una vez informado de la existencia de este reglamento y de sus derechos y obligaciones, expresando con ello su consentimiento al uso de los datos de carácter personal recogidos para la ejecución de la orden arriba mencionada y la formulación de dicho documento por parte de Castle Beach S.L, la cual tratará y conservará estos datos atendiendo en todo momento a la normativa de protección de datos vigente. 
Los servicios complementarios que se ofertan y se prestan en este establecimiento o por otras personas o entidades, pueden ser consultados en la recepción, se formalizarán en sus correspondientes documentos y se liquidarán conforme a las condiciones acordadas. 
 
NORMAS DE CONVIVENCIA Y FUNCIONAMIENTO
 
4 Derechos y obligaciones de los usuarios.
 
Los usuarios podrán acceder libremente al establecimiento y permanecer en el mismo con las limitaciones contenidas en las normas de sometimiento indicadas en el apartado 1 y en este reglamento. 
Los usuarios tienen derecho: 
 
A recibir información veraz, completa y previa a la contratación de los servicios ofertados.
A que en dichos servicios se vele por su seguridad, intimidad y tranquilidad y que los mismos se correspondan con las condiciones acordadas. 
A que se les entregue factura, en el caso de solicitarla, con las formalidades reglamentarias por los servicios contratados de manera directa.
A que, si desean formular alguna queja, le sea entregada la hoja de reclamaciones. 
 
Los usuarios tienen obligación de:
 
Observar las normas contenidas en este reglamento, que expresamente han aceptado con la firma del documento de registro, y las dictadas por la dirección sobre seguridad, convivencia e higiene para un uso adecuado del establecimiento.
Acreditar su condición de huésped cuando le sea requerido. 
Respetar las instalaciones y el equipamiento de este establecimiento. 
Abonar el importe de los servicios contratados de manera directa en el momento de presentación de la factura o según las condiciones pactadas en el artículo 21 del decreto ley. 
Abonar los servicios contratados aun presentando alguna reclamación ya que dicha reclamación no exime de la obligación de pago. 
 
 
5. Derechos y obligaciones de la empresa hotelera.
 
Este establecimiento tiene derecho a: 
 
Recabar el auxilio de los agentes de la autoridad para desalojar de sus dependencias a los usuarios que incumplan este reglamento, que pretendan acceder o permanecer en ellas con una finalidad diferente al normal uso del servicio hotelero y también, en su caso, a las personas que no estén registradas como usuarios o que incurran en los supuestos previstos en el apartado 2 anterior. 
Permitir el acceso a las unidades de alojamiento única y exclusivamente a las personas registradas al efecto, según consta en el artículo 2.e del Decreto Ley. 
Solicitar garantía de pago por los servicios contratados conforme a la normativa de aplicación y de realizar el cargo que corresponda en la cuenta de los usuarios por daños o desperfectos que produzcan en las instalaciones, mobiliario y elementos del establecimiento por negligencia o mal uso de aquellos. 
Variar los horarios de los diferentes servicios de consumo, uso y disfrute a lo largo de las temporadas, en función de la estacionalidad, reservándose el derecho de no admitir usuarios fuera de dicho horario, cuando se superen los aforos máximos autorizados o cuando se soliciten en los límites de admisión, perjudicando por ello la programación laboral de dichos servicios. 
Los referidos servicios, el detalle de sus horarios programados, sus precios y las condiciones de uso, están expuestos en los accesos a los mismos y, de forma resumida, en los directorios existentes en las unidades de alojamiento, que además contiene información del plan de evacuación para casos de emergencia y de los servicios que son gratuitos. 
 
Este establecimiento tiene la obligación de: 
 
Informar a los usuarios, antes de su contratación, de las condiciones de prestación de los servicios y de sus precios
Dar a sus precios la máxima publicidad en la recepción y de tenerlos a disposición de los usuarios. 
Prestar sus servicios con la máxima calidad conforme a su categoría y en los términos contratados además de dar al usuario un trato correcto. 
Atender y mantener en buen estado sus instalaciones. 
Disponer de hojas de reclamaciones e informar de su existencia.
Facilitar a los usuarios a los que no pueda atender, por exceso de reservas, un alojamiento en un establecimiento de la misma zona, de igual grupo, modalidad, especialidad y de idéntica o superior categoría. Haciéndose cargo de los gastos o sobreprecios que se origen de tal causa o devolviendo al usuario las diferencias que en su favor se produzcan. 
 
6. Periodos de ocupación de las unidades de alojamiento. 
 
Los usuarios de este establecimiento tienen derecho a ocupar la unidad de alojamiento desde las 14.00 horas del primer día del periodo contratado hasta las 12.00 horas del día señalado como fecha de salida. 
En fechas de máxima ocupación, se podrá retrasar tres horas la puesta a disposición del usuario la unidad de alojamiento. Por acuerdo entre las partes, puede acordarse un régimen diferente de ocupación de las unidades de alojamiento que, en su caso, debe quedar reflejado en el documento de registro. 
 
La prolongación en la ocupación de la unidad de alojamiento por tiempo superior a lo contratado ocasionará el deber de abonar una jornada más y, en el supuesto de que el usuario quiera permanecer alojado más jornadas de las contratadas y especificadas en la hoja de registro deberá existir acuerdo entre las partes. 
 
7. Precios, facturas e información.
Las piscinas generales, su mobiliario propio, los jardines y los aparcamientos públicos exteriores existentes en las inmediaciones del establecimiento son de uso gratuito. 
 
El establecimiento no se hace responsable del precio, uso de útiles, enseres y otros servicios prestados fuera del mismo ni del comportamiento ajeno, salvo que así se consigne expresamente en sus condiciones y tarifas. 
 
Las tarifas con los precios y condiciones de las diferentes modalidades de alojamiento, lavandería, alquiles de cajas fuerte, alquiler de toallas de piscina y servicios complementarios propios o ajenos pueden ser consultados en la recepción.
Las tarifas y condiciones de los servicios de bares están expuestas en su entrada a la par que pueden ser consultadas al personal. 
 
En las unidades de alojamiento también existe un directorio con información de los precios de los servicios más comunes. 
 
La facturación de las tarifas de alojamientos se computará por jornadas y de acuerdo con el número de pernoctaciones. El importe mínimo de facturación por alojamiento será el importe de una pernoctación o jornada, entendiéndose está finalizada a las 12 horas del día siguiente a la fecha de entrada. 
 
Solo se facilitarán facturas por los alojamientos y servicios contratados directamente por los usuarios. 
 
Las personas jurídicas o físicas que, por su cuenta, prestan servicios complementarios en este establecimiento son responsables de su personal y su comportamiento, funcionamiento, mantenimiento, régimen de precios y de todo lo inherente a sus propios servicios. 
 
USO Y DISFRUTE DE INSTALACIONES, EQUIPOS Y SERVICIOS.
 
8. Recepción.
 
En la recepción se realizarán los trámites necesarios para la admisión y el registro de los usuarios del establecimiento. 
El director, junto con el personal de recepción, son los responsables o centros de relación con los usuarios para todos los asuntos internos del establecimiento hotelero y de información y asesoramiento de estos. 
 
9. Cajas de seguridad.
 
En cada unidad de alojamiento hay instalada una caja de seguridad para alquilar por quien lo desee. 
En los directorios que existen en dichas unidades de alojamiento se indica este servicio que debe ser contratado en la recepción previa aceptación de condiciones de uso. 
El establecimiento no se hace responsable de la pérdida de objetos o valores que no se encuentren depositados en estas cajas. 
 
10. Lavandería.
 
En las dependencias de la lavandería se encuentra la información con las condiciones de estos servicios, sus precios y horarios que a su vez pueden ser consultados en la recepción.
El establecimiento no se responsabiliza de las prendas que, por sus condiciones o composiciones de uso, encojan, se decoloren o deterioren.
Tampoco de aquellas prendas que sean olvidadas y/o desaparezcan por la no custodia por parte de su propietario. 
 
11. Toallas de piscina.
 
Están a disposición de los clientes en la recepción en modalidad de alquiler, mediante un pago único que contempla toda la estancia del usuario con independencia de la duración de esta. 
Su recogida y depósito se realiza en la recepción donde pueden ser cambiadas diariamente. 
 
12. Piscinas y jardines. 
 
Su uso y disfrute son gratuitos única y exclusivamente para los usuarios registrados. A su entrada se especifican los horarios y condiciones de uso que se detallan a continuación: 
Se prohíbe el uso de las piscinas a partir de la hora estimada de cierre, en función de cada temporada, con el fin de iniciar el proceso de limpieza y cloración de las aguas. El hotel no responde de las lesiones o daños que se produzcan a las personas o sus pertenencias por desatender dicho horario.
 
Se prohíbe el uso de flotadores, pelotas y similares, excepto los flotadores o nadadores para niños.
Se prohíbe lanzarse a las piscinas en posición invertida, con la cabeza por delante y jugar con pelotas o similares en los jardines en bien de las personas, praderas y plantas.  
Se prohíbe el uso de aparatos, instrumentos o reproductores de música a un volumen que perturbe el reposo de otros usuarios. 
Se prohíbe el consumo de bebidas o comidas, no adquiridas en el establecimiento, fuera de las unidades de alojamiento.
Se prohíbe, por razones de higiene, el consumo de alimentos en las piscinas y jardines, salvo en las zonas bajo control de los bares. 
Se prohíbe el uso de toallas, mantas etc., procedentes de las unidades de alojamiento en la zona de piscina y en los jardines. 
Se prohíbe reservar hamacas colocando en las mimas prendas u otros objetos personales por tiempo indeterminado, no haciendo un uso continuado de ellas. En caso necesario y en las circunstancias descritas, el personal del establecimiento podrá retirar las prendas o los objetos de las hamacas para que sean ocupadas por otros usuarios. El uso de las hamacas en la zona de piscina es gratuito. 
Se prohíbe, por razones de higiene, hacer uso de las piscinas sin ducharse previamente. Usando siempre bañador y sin utilizar pañales o similares. 
 
Las piscinas cuentan con un servicio de socorrista durante todo su horario de apertura, el cual se encuentra indicado a la entrada. Los padres o responsables de los menores de edad deberán velar por que éstos no usen las piscinas cuando no esté presente el socorrista o hacerlo bajo su propia tutela y responsabilidad.
 
13. Gimnasio.
 
El establecimiento dispone de esta instalación de disfrute gratuito para sus usuarios. Por razones de seguridad sólo se permite su uso a mayores de 16 años provistos de toalla, ropa y calzado deportivo. 
14. Varios.
 
No está permitido el uso de los ascensores a los menores sin acompañar de un adulto responsable. 
No está permitido el acceso al establecimiento de animales, con excepción de lo indicado para los perros guías. 
No está permitido deambular por los espacios y zonas comunes sin calzado y con el torso desnudo. 
A partir de las 00.00 es preceptivo guardar el debido silencio en los pasillos y unidades de alojamiento al objeto de no perturbar el descanso de los demás usuarios. 
No está permitido tender prendas en las barandillas de las terrazas, deben usarse los tendederos existentes en las terrazas de cada unidad de alojamiento. 
Está prohibido expresamente, en todas las áreas y dependencias de este establecimiento el uso, consumo o tenencia de productos y sustancias peligrosas en aplicación de la legislación vigente sobre salud pública. 
Al objeto de garantizar la seguridad, intimidad y tranquilidad de los usuarios este establecimiento hotelero dispone de dispositivos técnicos de vigilancia electrónica con elementos de grabación permanente en jardines, pasillos y demás zonas generales o comunes. 
 
 
 
 
 

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